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¿Qué debe hacer la mujer embarazada que no puede ayunar?

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Mensaje por Umm Usama Al'isbaniya 18/7/2012, 4:32 pm

Bismillah
salam1

Para la hermana ummu abderrahman (embarazo)

¿Qué debe hacer la mujer embarazada que no puede ayunar?

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Pregunta : ¿La mujer embarazada que no puede ayunar debe recuperar los días de ayuno que no cumplió o bien dar la compensacion en forma de comida? ¿Si ella debe dar la compensacion en forma de comida, debe estar cocinada? ¿Y cuantos kilos debe dar?

Respuesta :

Si ella está embarazada y no puede ayunar, sea a causa de su embarazo o bien porque ella tiene miedo por ella o por su bebé, en los dos casos debe recuperar los días de ayuno que no cumplió.

Pero si se vuelve difícil para ella el recuperar los días de ayuno que no hizo, puesto que el embarazo va seguido del amamantamiento, así como otras cosas específicas de las mujeres y de la necesidad de su marido, entonces en este caso algunos sabios han dicho que ella debería alimentar a los pobres ya que entra en la generalidad de la palabra de Allah azawajjal :

وَعَلَى الَّذِينَ يُطِيقُونَهُ فِدْيَةٌ طَعَامُ مِسْكِينٍ

« Y los que pudiendo ayunar (no lo hagan o interrumpan su ayuno) que alimenten, como exención, a unos pobres. » [1]

Ella forma parte de aquellos citados en la aleya si su situación es tal y como la hemos descrito. Si ella no puede recuperar los díaas de ayuno que no cumplió y que se han acumulado porque estaba embarazada, y porque después tuvo su período postparto, a continuación amamanto su bebe y luego le vino la menstruación...los días para recuperar se le han acumulado, entonces le está permitido el alimentar un pobre por cada díaa de ayuno no realizado.

En lo que respecta la cantidad de alimentos que debe dar, la opinión autentica es que corresponde a una comida de aquello de lo cual tiene la costumbre de comer, se lo ofrece a un pobre. Y puede hacer como Anas, que agrupó trenta pobres y los alimentó el mismo día.

Ella puede igualmente dar alimentos sin estar cocinados con la condición de que añada a tales alimentos el equivalente del precio de la preparación. Por ejemplo, si el precio de una comida cocinada es de 100 o 150 Ryals [2] entonces ella debe comprar arroz [3] , el equivalente a esta suma para cada pobre.

Fin de la respuesta de Sheikh Abdullah Al Adani

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[1] Al Baqara, aleya 184
[2] Lo que equivale a alrededor de 50 céntimos de euro.

[3] Sheikh Abdullah ha citado aqui el arroz porque es la comida que los yemenis tienen la costumbre de comer.

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Fuente:http://daralhadith-sh.com/jeune/que-doit-faire-la-femme-enceinte-qui-ne-peut-pas-jeuner/
Traducido del francés al castellano por UmmUsama para el foro http://www.islamentrehermanas.com


salam
Umm Usama Al'isbaniya
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